Portada¿Quienes somos?Emisión de Radio¿Qué hemos realizado? El DocumentalVideosEntrevistasOpiniónNoticiasPropuestasForoVínculosContáctenosCorreo WebPortada

8 de julio de 2008
Aprobados 6 artículos sobre Derechos a la Comunicación

Ciudad Alfaro
Boletin 1375

6 artículos donde se recoge entre los puntos principales que los grupos financieros no podrán ser concesionarios de medios de comunicación y se evitarán los monopolios y oligopolios.

En este debate sobre los Derechos a la Comunicación se garantiza una comunicación, libre, intercultural, diversa, participativa e incluyente, además del acceso universal a tecnologías de información y comunicación sin discriminación alguna, propone también crear medios de comunicación social y acceder en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión. Este artículo fue aprobado con 92 votos.

En el artículo dos se fomenta la plurinacionalidad y la diversidad en la comunicación, el Estado garantizará la asignación de las frecuencias del espectro electromagnético para la gestión de radio y televisión a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones. También facilita la creación de y fortalecimiento de medios públicos, privados, comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información a quienes tengan acceso limitado a estas.

No se permite el monopolio y oligopolio de la propiedad de los medios y del uso de las frecuencias de acuerdo con la ley. El artículos fue aprobado con 87 votos.
En el artículo 3 se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicotomía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos fundamentales. Con 94 votos el artículo fue aprobado.

Sobre el derecho a la información, establece, “todas las personas en forma individual o colectiva, tiene derecho al libre acceso a la información generada en entidades públicas o privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existe reserva excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información”. En este mismo artículo se señala que toda persona podrá acceder, en forma inmediata y gratuita a la información que sobre si misma o sus bienes se haya hecho uso. El artículo 4 fue aprobado con 90 votos.

En cuanto al artículo 5 este señala que la ley normará con especial cuidado los contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación y fomentará la creación espacios para que la producción independiente, sea difundida. Con 86 votos el artículo 5 fue aprobado.
Finalmente el artículo 6 establece que el Estado garantiza los principios del comunicador y a quienes emiten sus opiniones a través de los medios. En él señala la cláusula de conciencia a toda persona, el secreto profesional y la reserva de la fuente. El artículos 6 se aprobó con 97 votos.


*Sala de Prensa José Peralta

En el Pleno

La Nueva ConstituciónMandatosLeyesAmnistías