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EL PLENO DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 1 del Reglamento de Funcionamiento de la Asamblea Constituyente, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 236 de 20 de diciembre de 2007, dispone: "La Asamblea Constituyente representa a la soberanía popular que radica en el pueblo ecuatoriano, y por su propia naturaleza está dotada de plenos poderes";
Que, Ecuador, América Latina, el Caribe, Asia y África han constituido fuente de enriquecimiento para la construcción y el progreso europeo entre los siglos XVI al XX, con un altísimo costo para las poblaciones originarias de América, para los pueblos afro descendientes y las naciones y pueblos actuales,
Que, Europa ha sido uno de los continentes que más inmigrantes y refugiados ha irradiado al resto del mundo; entre la segunda mitad del siglo XIX y la primera mitad del XX, por las guerras mundiales y de los dramas humanitarios causados por el fascismo, nazismo y el colonialismo.
Que, Europa es el principal destino migratorio en el mundo, en el que se encuentran 64 millones de migrantes que contribuyen al crecimiento económico, la prosperidad, dinamismo demográfico y cultural de éste continente; haciendo posible el desarrollo del Estado de Bienestar, la movilidad del mercado interno y la cohesión social;
Que, existen normas consagradas por la Comunidad Internacional, previstas en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus familiares, adoptada por Naciones Unidas; la Declaración sobre Derechos Humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven; el Convenio 97 de la OIT sobre Trabajadores Migratorios, el Convenio 143 de la OIT sobre los Trabajadores Migrantes, y demás Tratados e instrumentos internacionales de protección de derechos humanos;
Que, Ecuador reconoce que sus centenares de miles de migrantes radicados en Europa, constituyen la extensión de la Patria y contribuyen al progreso de dicho continente y de nuestro país;
RESUELVE
PRIMERO; Condenar enérgicamente la aprobación de la Directiva Retorno, llevada a cabo el día miércoles 18 de Junio de 2008 por 367 integrantes del Parlamento Europeo, por constituir una medida criminalizadora, discriminatoria y xenofóbica, que atenta contra los derechos humanos, en especial de niños, niñas y adolescentes y las normas de convivencia civilizada entre los pueblos y que vulnera los avances históricos de la humanidad
SEGUNDO; Rechazar el enfoque de seguridad que subyace a políticas como la Directiva Retorno, la denominación de las personas como ilegales y la visión economicista de los seres humanos; y reiterar el derecho a la libre movilidad humana, el establecimiento de la ciudadanía universal y el progresivo fin de la condición de extranjero.
TERCERO: Convocar a los gobiernos y a las instancias internacionales de los países de América Latina y el Caribe a conformar un frente común para adoptar medidas y decisiones conjuntas en defensa y solidaridad con los millones de personas migrantes que se encuentran en el continente europeo, cualquiera sea su condición migratoria.
Así también, a promover la organización de los distintos sectores de la población, presentes tanto en los países de origen como de destino para que impulsen la lucha contra la discriminación, la xenofobia y toda forma conexa de intolerancia.
CUARTO: Impulsar ante la comunidad internacional la realización de diálogos multilaterales para la elaboración e implementación de políticas que garanticen la protección de los derechos de las personas migrantes y sus familias, la libertad de establecerse en el lugar de destino, a trabajar en las mismas condiciones de dignidad que los nacionales, a conservar y promover sus costumbres y tradiciones; y eliminar la criminalización del hecho migratorio;
QUINTO: Apoyar al Gobierno Nacional en la demanda realizada a los distintos países, para que incluyan en sus agendas el hecho migratorio y resuelvan la implementación de políticas en las que primen los derechos humanos.
SEXTO: Solicitar al Gobierno Nacional la procuración de acciones legales, con la colaboración de países de la región, a fin de demandar de los responsables, la reparación a quienes se han visto afectados por estas medidas.
SÉPTIMO: Exhortar a los gobiernos del mundo a adoptar resoluciones y medidas que condenen y limiten las implicaciones de la "Directiva Retorno", y, en particular, a los gobiernos de la Comunidad Andina de Naciones a adoptar medidas conjuntas dirigidas a alcanzar su derogación, en el marco de las negociaciones que se realizan con la Unión Europea.
Fernando Cordero Cueva
Presidente de la Asamblea Constituyente
Dr. Francisco Vergara Ortiz
Secretario |
En el Pleno
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