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Católicos propusieron “otras uniones”
El Telégrafo
Varios representantes de instituciones católicas y laicas del Ecuador, entre ellas la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE) efectuaron una carta donde se resaltaban puntos sobre la familia.
En una carta con fecha 1 de abril de 2008, enviada al entonces presidente de la Asamblea Constituyente, Alberto Acosta, varios representantes de instituciones católicas y laicas del Ecuador, entre ellas la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE), pusieron en consideración de los asambleístas sus aportes al texto constitucional. Dentro de la propuesta, se promueve el derecho a la vida desde la concepción (“la vida humana es inviolable desde el momento mismo de su concepción hasta su muerte natural”), tal como quedó escrito en el proyecto de nueva Constitución.
También, se promueve el laicismo (“el Ecuador como Estado laico no tiene religión oficial, pero respeta el derecho humano de sus ciudadanos de practicar privada y socialmente su religión). Se menciona que existen otras formas de unión marital (“Todas las personas que manifiesten libremente su consentimiento tienen derecho a contraer matrimonio, conforme a esta Constitución y a la Ley. No obstante, el Estado reconoce otras uniones). Y se promueve el respeto a las uniones de personas del mismo sexo. Lo dice en el capítulo Matrimonio y familia. Allí se lee:
Considerando:
Que la unión del hombre y la mujer, como una sola carne, es el principio de la unión matrimonial. Que lo que Dios unió, no lo separe el hombre. Que el fin último del matrimonio es la creación de la familia.
Que los psicólogos afirman que es indispensable la participación masculina y femenina en la educación de los hijos”.
Se propone:
1. De la protección a la familia.- El Estado reconoce y protege a la familia conformada por un hombre y una mujer, corno célula fundamental de la sociedad.
Esta se constituye por vínculos jurídicos o de hecho y se basará en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. El Estado protegerá el matrimonio entendido como la unión entre un hombre y una mujer, la maternidad y el patrimonio familiar. Apoyará a las mujeres jefas de hogar. El matrimonio se fundará en el libre consentimiento de los contrayentes y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges.
La unión estable de una pareja, sin que importe su sexo u opción sexual, y en donde cada uno de sus componentes estén libres de matrimonio o vínculo similar con otra persona, generará los derechos y obligaciones que reconozca la ley. El derecho de adopción corresponde solo a las parejas de diverso sexo.
2. Del matrimonio y de la unión marital de hecho.- Todas las personas mayores de edad, que manifiesten libremente su consentimiento tienen derecho a contraer matrimonio conforme a esta Constitución y a la ley.
No obstante lo anterior, el Estado reconoce otras uniones.
Este texto fue firmado, entre otros, por el monseñor Ernesto Herrera Heredia, obispo de Machala (en ese entonces presidente de la CEE), por monseñor Luis Antonio Sánchez, secretario de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, por monseñor José Mario Ruíz, arzobispo de Portoviejo y monseñor Antonio Arregui, arzobispo de Guayaquil, miembro de la Comisión de Comisión de Observación para la Asamblea Constituyente y actual presidente de la CEE.
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