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10 de mayo de 2008
Mujeres y Estado laico

Erika Sylva Charvet
Editorial Diario El Telégrafo

Una contradicción abraza al gobierno. Por una parte, la SENPLADES define el carácter laico y democrático del Estado, orientado a establecer las condiciones para el desarrollo de la libertad de conciencia y garantizar el ejercicio de los derechos, entre otros, los sexuales y reproductivos (DSR), sin los “dogmatismos de las creencias”, con autonomía, beneficiándose del “progreso científico” y de una educación sin prejuicios; por otro, el mismo gobierno renuncia a este carácter al impulsar en la Asamblea el concepto de “protección de la vida desde la concepción” claramente influido por el dogma católico.

¿Cómo debe abordar un Estado laico y democrático el problema de la salud sexual y reproductiva (SSR) de las mujeres? A través del conocimiento científico, base de un diagnóstico correcto y de la formulación de políticas adecuadas. La SENPLADES presenta un diagnóstico alarmante de la SSR femenina en el que se registra la tasa de embarazo adolescente más alta de América Latina, con un índice de abortos de 17.15% en menores de 15 años, evidenciándose al aborto no especificado como la principal causa de morbilidad entre las mujeres. Según el Ministerio de Salud Pública (2006) el aborto ocupaba el 5to. lugar entre las causas de muerte materna (7.7%), cifra seguramente más alta debido a su práctica clandestina.  Estos datos no revelan las causas del fenómeno, pero es de presumir que la violación sexual debe ser relevante dada la generalizada violencia contra las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad. 

No cabe duda que las decisiones de interrumpir sus embarazos que están tomando las mujeres -sin que exista un marco legal que las proteja- configura un grave problema de salud pública.  Frente a éste ¿qué debe hacer un Estado laico y democrático?  Obviamente, garantizar los derechos de las mujeres a TOMAR O NO estas decisiones en el marco de sus particulares creencias religiosas y espirituales.  Lo que no puede hacer el Estado, es abrazar dichas creencias pues al así hacerlo estaría coartando el ejercicio de la libertad de conciencia cuyos únicos titulares son los/as ciudadanos/as. Pero, al “proteger la vida del concebido” haría precisamente esto. No solo que estaría repeliendo el aborto terapéutico ya aprobado (2006) y los DSR logrados (1998), sino que estaría desconociendo a la mujer como ciudadana y legitimando el viejo concepto de ella como ser-para-otros, expropiada de su soberanía y autonomía de decisión sobre ser o no ser madre, como si éste siguiera siendo el único destino de las mujeres en el siglo XXI. 

Si este concepto se impone, un sustento filosófico-político del plan de desarrollo hecho por la SENPLADES se pondría en entredicho. ¿De qué habrá servido la instalación simbólica de la Asamblea en Montecristi como expresión de una voluntad política por concluir el proceso revolucionario truncado en 1912?  Eloy Alfaro y su proyecto de Estado laico serían  derrotados por enésima vez.

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